respirador (comúnmente conocido como respirador artificial) y la nutrición e hidratación artificiales (sondas de alimentación y fluidos intravenosos). Entre otros asuntos que se pueden considerar en un testamento vital, se incluyen las directivas de DNR (órdenes de no reanimar), los deseos de donación de órganos y tejidos y, en algunas jurisdicciones, las “órdenes de tratamiento de mantenimiento de la vida” físicas o médicas. Estas órdenes suelen ser complementarias a las instrucciones previas existentes en cuanto que otorgan al personal médico la autoridad y la responsabilidad directa de proporcionar o retener ciertos tipos de tratamientos en una situación de emergencia. Esto podría ser especialmente importante en relación con afecciones como la COVID-19, donde el tratamiento normal de mantenimiento de final de la vida puede ser inútil.
Finalmente, en algunas leyes autonómicas en España, los valores personales, preferencias, objetivos y expectativas de un paciente también se pueden incluir en el testamento vital. (ver: https://bit.ly/ESFreport)