This page contains a Flash digital edition of a book.
tarea en la que más de uno ha fracasado o muerto en el intento, hablando literal y figuradamente. Por esta razón, hay que considerar que


las reformas procesales penales y de se- guridad pública de 20081 derechos humanos de 20112


, así como la de , realizadas


en nuestra Carta Magna son una opor- tunidad de depurar la manera en la que conceptualizamos la justicia y los princi- pios rectores del Derecho, como el “de- bido proceso”, entre otros, pero no sólo eso, tenemos que verla como una opor- tunidad para vincularnos de una manera diferente con relación a las nuevas es- tructuras y desalentar lo más posible las viejas y anquilosadas malas prácticas. Particularmente en el Distrito Federal se vivió un cambio sustancial3


al aprobar-


se el Nuevo Código de Procedimientos Penales, hecho que genera un impacto únicamente administrativo para efecto de liberación de recursos económicos para la implementación del sistema de justicia penal oral y adversarial, al entrar en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales, sustituye a todas las legislaciones locales en esa materia. Este tema de la homologación de


herramientas de gestión, como conse- cuencia de criterios jurídicos, será fun- damental para consolidar los cambios planteados. No será de manera inmedia- ta pero poco a poco se tendrá que hacer patente el resultado, esperando que, cla- ro está, sea productivo.


RESULTADOS PRODUCTIVOS


Esto no pasará por arte de magia, hay sectores de influencia y de efectos en la población en donde los partidos políti- cos y las fronteras ideológicas que ellos generan se deben derrumbar, ya que sin el decidido compromiso de todos, sim- ple y sencillamente no funcionará. Lo anterior lo denoto porque, es evi-


dente la serie de cambios sensibles que se vienen perfilando en nuestra vida dia- ria (por lo menos jurídica) y haciendo un recuento autocrítico de la situación, podemos decir que un sector que ha sido responsable por el deterioro del sis- tema de impartición de justicia, somos los propios abogados, por ello, como lo he señalado en diversas ocasiones debe- mos escapar de la “institucionalización de la disfunsionalidad”. Y en materia de seguridad, también habría que hacer el mismo analogismo. También hemos señalado en otras


entregas que esta reforma genera como abogados o profesionales de seguridad, una obligación de ver de manera dife-


rente la forma en la que nos relaciona- mos con nuestros clientes, pero además, también con los propios operadores del sistema, es decir, la manera en la que nos vinculamos entre abogados debe cambiar. El tema de la “Colegialización” hay que empezarlo a discutir y afortu- nadamente hay gente muy capaz que lo está empezando a hacer. Un ejemplo extraordinario de coordinación y trabajo serio y decidido es el realizado por ABA ROLI México y el Instituto de Investiga- ciones Jurídicas de la UNAM, en mayo de 2013, al conformar, publicar y difun- dir (de manera gratuita) los “Lineamien- tos para un código deontológico de la abogacía mexicana”5


. Esta lectura resulta


obligatoria para todo abogado, estudian- te de derecho y cualquier interesado en el tema.


COORDINACIÓN ENTRE EL DERECHO Y LA SEGURIDAD


Creo además que algunos de estos pre- ceptos y recomendaciones pueden ser muy bien aplicados por todos los encar- gados de brindar servicios de seguridad privada debido a la gran variedad de campos de acción profesional que com- parten con los abogados. Estos cambios a los que México se enfrenta no se darán de manera inmediata, pasarán algunos años antes de que una nueva generación de profesionistas con otra formación y otros objetivos se despojen de los males que nuestro actual sistema padece. De lo que se trata es de construir un sistema tendiente a impartir más justicia, más equitativa y ser más eficaz y eficiente. Estos campos de acción compartidos


por el Derecho y la Seguridad van más allá de las actividades de trabajo, estruc- turas y estrategias ya que la manera de realizar las investigaciones, el trabajo de campo y el proceso de información, requerirá nuevas coordinaciones; es por ello que los códigos de conducta y ética profesional de todas estas disciplinas en torno a ese tópico, deberán de parecerse un poco. Aspectos como la clara defi- nición de las actividades a las que cada profesional de seguridad se dedica, le ayudarán a identificar con exactitud, las áreas a las que deba regularse deontoló- gicamente. Las diversas asociaciones de presta-


dores de servicios de seguridad deben tener cada vez más peso específico y servir como medio para depurar el ser- vicio final al cliente. Deberán de marcar y delimitar con precisión sus derechos y sus obligaciones, para con sus clientes y entre ellos mismos.


* Acerca del autor


- Jerónimo Ilich Gomár Hernández, DSE, es licenciado en Derecho de la Universidad de Comillas, con experiencia en el área de Seguridad. Si desea conocer más acerca del autor, consulte su CV en: seguridadenamerica.com.mx/colaborador/php


La


homologación de


herramientas de gestión será


fundamental para


consolidar


los cambios planteados


4 2


Referencias 1


Reforma Constitucional en Materia Penal y Seguridad Pública publicada en el diario oficial el 18 de junio de 2008.


Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos publicada en el diario oficial el 6 y 10 de junio de 2011.


3


El 22 de julio de 2013, se publicó en la gaceta oficial del D.F., pero derivado de la reforma constitucional al artículo 73 de la CPEUM, no entrara en vigor.


Con fecha 8 de octubre de 2013, después de aprobada por la mayoría de los congresos estatales, se declaró la constitucionalidad a la reforma a la fracción XXI del artículo 73 de la CPEUM.


5


Lineamientos para un Código Deontológico de la Abogacía Mexicana, puede consultarse gratuitamente en http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/ libro.htm/3F1/3D3281.


Los factores con las que son someti-


das a las reglas del mercado, capacidad de inversión de sus propios capitales, normas y estrategias organizacionales, deben de irse homologando, deberán de tener un estándar mínimo de formación para generar una capacitación óptima y profesional, de todas las empresas que prestan el servicio. Los profesionales de la seguridad,


deberán de repensar las relaciones en- tre ellos, para fomentar y aplicar buenas prácticas, generando bases de datos que impidan el reciclaje de malos elementos, dignificando con ello la actividad. n


EL PROFESIONAL OPINA 147


Page 1  |  Page 2  |  Page 3  |  Page 4  |  Page 5  |  Page 6  |  Page 7  |  Page 8  |  Page 9  |  Page 10  |  Page 11  |  Page 12  |  Page 13  |  Page 14  |  Page 15  |  Page 16  |  Page 17  |  Page 18  |  Page 19  |  Page 20  |  Page 21  |  Page 22  |  Page 23  |  Page 24  |  Page 25  |  Page 26  |  Page 27  |  Page 28  |  Page 29  |  Page 30  |  Page 31  |  Page 32  |  Page 33  |  Page 34  |  Page 35  |  Page 36  |  Page 37  |  Page 38  |  Page 39  |  Page 40  |  Page 41  |  Page 42  |  Page 43  |  Page 44  |  Page 45  |  Page 46  |  Page 47  |  Page 48  |  Page 49  |  Page 50  |  Page 51  |  Page 52  |  Page 53  |  Page 54  |  Page 55  |  Page 56  |  Page 57  |  Page 58  |  Page 59  |  Page 60  |  Page 61  |  Page 62  |  Page 63  |  Page 64  |  Page 65  |  Page 66  |  Page 67  |  Page 68  |  Page 69  |  Page 70  |  Page 71  |  Page 72  |  Page 73  |  Page 74  |  Page 75  |  Page 76  |  Page 77  |  Page 78  |  Page 79  |  Page 80  |  Page 81  |  Page 82  |  Page 83  |  Page 84  |  Page 85  |  Page 86  |  Page 87  |  Page 88  |  Page 89  |  Page 90  |  Page 91  |  Page 92  |  Page 93  |  Page 94  |  Page 95  |  Page 96  |  Page 97  |  Page 98  |  Page 99  |  Page 100  |  Page 101  |  Page 102  |  Page 103  |  Page 104  |  Page 105  |  Page 106  |  Page 107  |  Page 108  |  Page 109  |  Page 110  |  Page 111  |  Page 112  |  Page 113  |  Page 114  |  Page 115  |  Page 116  |  Page 117  |  Page 118  |  Page 119  |  Page 120  |  Page 121  |  Page 122  |  Page 123  |  Page 124  |  Page 125  |  Page 126  |  Page 127  |  Page 128  |  Page 129  |  Page 130  |  Page 131  |  Page 132  |  Page 133  |  Page 134  |  Page 135  |  Page 136  |  Page 137  |  Page 138  |  Page 139  |  Page 140  |  Page 141  |  Page 142  |  Page 143  |  Page 144  |  Page 145  |  Page 146  |  Page 147  |  Page 148  |  Page 149  |  Page 150  |  Page 151  |  Page 152  |  Page 153  |  Page 154  |  Page 155  |  Page 156  |  Page 157  |  Page 158  |  Page 159  |  Page 160  |  Page 161  |  Page 162  |  Page 163  |  Page 164  |  Page 165  |  Page 166  |  Page 167  |  Page 168