Sin embargo, al estudiar las cifras de
crecimiento, el presidente de la AMBA señaló que uno de los inconvenientes que hacen palidecer a este negocio es precisamente el éxito de estas compa- ñías, el cual ha propiciado que empresas ilegales incursionen en este mercado. Junto a este factor, Juan José Valle
advirtió que los capos del crimen orga- nizado utilizan el servicio de este tipo de prestadores de servicio (blindadoras ilícitas) porque no pueden solicitar el trabajo a una empresa que opere legal- mente, ya que es necesario entregar do- cumentos de identidad oficial o de sus empresas. Este hecho los empuja a recu- rrir a talleres clandestinos o a empresas no registradas. Especificó que en México existen
aproximadamente 50 empresas de blin- daje automotriz registradas ante la Se- cretaría de Seguridad Pública, las cuales deben entregar un reporte mensual so- bre los vehículos y sus clientes.
INSEGURIDAD EMPUJA HACIA LA NECESIDAD DE TENER UN REGISTRO
Para respaldar a las empresas dedicadas al blindaje y para que los usuarios ten- gan la certeza de que son empresas for- males que se encuentran bajo los térmi- nos establecidos por la ley, la SSP federal determinó una nueva disposición en la que se determina que es obligatorio que los autos blindados en México tengan una identificación e ingresen al Registro Público Vehicular (Repuve).
Así, de acuerdo a Grupo WBA Blin-
dajes Alemanes y Autosafe, una empresa formal del sector debe tomar en cuenta, en materia administrativa, dos condicio- nes básicas: que esté integrada en la base de datos de la SSP y que sus unidades se encuentren reportadas en el Repuve. El martes 5 de junio de 2012, la SSP
publicó en el Diario Oficial de la Federa- ción una reforma al primer párrafo del artículo 13 de la Ley del Registro Público Vehicular, por el cual “quienes fabriquen, ensamblen o blinden vehículos en el te- rritorio nacional deberán asignar a éstos un número de identificación vehicular, que será un elemento de identificación en el Repuve, el cual estará integrado de conformidad con la norma oficial mexi- cana respectiva”. Con esta acción, la SSP especificó,
a través de un comunicado de prensa, “que se dará certeza a los clientes de este tipo de unidades automotoras y se transparentará la información a las au- toridades” para evitar el anonimato en su compra y uso e impedir su utilidad con fines delictivos. La reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación, el 6 de junio de 2012.
AUTOS BLINDADOS REGISTRADOS, PREOCUPA LA PROTECCIÓN DE DATOS
Luego de esta reforma se originaron varias controversias al existir preocu- pación en las empresas por proteger los datos de sus clientes, ya que puede haber uso incorrecto de la información personal. Así, tras un acuerdo firmado por la
Asociación Mexicana de Vehículos Blin- dados y la Secretaría de Seguridad Pú- blica federal, los datos personales de los
La
información de
compradores y usuarios
de vehículos
blindados será considerada
como sensible y secreta
durante cinco años
compradores quedarán resguardados por la Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública; la información de comprado- res y usuarios de vehículos blindados se considerará como sensible y secreta durante cinco años. “Este acuerdo contempla que la in-
formación reportada por los prestado- res de servicios de seguridad privada vinculados con el blindaje en automoto- res es una modalidad prevista en el ar- tículo 15, fracción VII de la Ley Federal de Seguridad Privada, debido a lo cual debe quedar como reservada pues es in- formación considerada como sensible”, informó el Grupo WBA, socio fundador de la AMBA.
ACUERDO QUE FORTALECE LA INDUSTRIA
De acuerdo a empresarios del sector, con este acuerdo la industria del blin- daje en México está caminando hacia la solidez legal que le permitirá crecer y al mismo tiempo cuidar la integridad de las personas que adquieren un auto blindado. Esteban Hernández, director de Autosafe y tesorero de la AMBA, y Alfredo Zabalza, director de Blindajes Alemanes y vicepresidente de la AMBA, coincidieron que este tipo de convenio era prioritario. Ambos manifestaron que las empre-
sas formales del sector continuamente realizan esfuerzos por dar certeza jurí- dica a esta industria y al mismo tiempo proteger la información de sus clientes, la gran mayoría, empresarios, funciona- rios y personas públicas. Ejemplo de ello es que el hecho de reportar la informa- ción a la dependencia federal logra que la delincuencia evite a toda costa blin- dar unidades en empresas profesionales como los socios de AMBA. Finalmente, el representante de Blin-
dajes Alemanes destacó que los empre- sarios del sector afiliados a la AMBA en- tregan a la dependencia federal todos los datos de cada vehículo reforzado en sus instalaciones, así como los documentos fiscales y de identidad de la persona que requirió el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Regla- mento de la Ley Federal de Seguridad Privada, y agregó que actualmente las blindadoras están obligadas a cumplir con lo dispuesto en el artículo 24 del Re- glamento de la Ley Federal de Seguridad Privada, que obliga a expedir al cliente una constancia de autentificación con un holograma número proporcionado por la SSP, a petición del prestador de servicios. n
TRANSPORTE SEGURO 57
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