Las unidades de generación y distribución de la Corporación Dominicana de Electricidad, fueron convertidas en tres compañías de distribución propiedad del gobierno y operadas por el mismo, y dos compañías de gene- ración traspasadas a empresas con socios extranjeros y privados. La Ley General de Electricidad regula todas las etapas de la producción, transmisión, distribución y comerciali- zación de electricidad, así como las funciones de los órganos estatales competentes que supervisan el sector energético. La Ley constituye el marco que regula todo lo concerniente al desenvolvimiento de este renglón de la economía dominicana, cubriendo aspectos como los requisitos para participar en esta área, interconexión, precio y las sanciones ante posibles infracciones de cualquiera de los agentes participantes. Las instituciones competentes para supervisar el sector y velar por la ejecución de la Ley son la Comisión Na- cional de Energía,
la Superintendencia de Electricidad, la ETED, EGHID y la CDEEE. Todas ellas trabajan en
coordinación para regular el sistema nacional de interconexión eléctrico (NEIS). AVIACIÓN
La ley dominicana sobre aviación civil aplica a toda aeronave civil, nacional o extranjera, sus propietarios, ope- radores, tripulación, pasajeros y efectos transportados, así como cualquier persona que intervenga en la activi- dad aeronáutica, que se encuentre en el territorio nacional, parta de él, aterrice, sobrevuele o de cualquier otra forma esté bajo la jurisdicción de la soberanía nacional. Aeronave civil es toda aeronave que no sea del Estado. La Ley regula el registro de las aeronaves, los permisos de entrada o salida o de sobrevolar el territorio na- cional, de efectuar aterrizajes para fines no comerciales y de trasladarse de un punto a otro dentro del mismo. Igualmente, esta ley regula todo lo relativo a las aeronaves matriculadas en el país, tales como la concesión de la matrícula y permisos de aeronavegabilidad, la concesión de garantías sobre las mismas y la suscripción de contratos de arrendamientos con respecto a ellas. Los organismos encargados de la regulación de la aviación civil en nuestro país, son el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) y la Junta de Aviación Civil (JAC). Finalmente, el Cuerpo Especializado de la Seguri- dad Aeroportuaria (CESA) tiene también incidencia en materia aeronáutica en nuestro país, ya que son los encargados de velar por la seguridad de los pasajeros, la tripulación, el personal de tierra y el público en ge- neral en todos los asuntos relacionados con la aviación civil.