Perfil Sobre los Delitos Informá ticos en el Ecuádor
(3) Establecer un régimen dinámico y efectivo de cooperación internacional.
La Convención se basa en el reconocimiento fundamental de que se necesita armonizar las leyes nacionales. Es decir contar a nivel de Latinoamérica con una herramienta común tanto sustantiva como adjetiva para procesar este tipo de manifestaciones delictivas, procurando con este elemento comunitario en la parte sustantiva el mejoramiento de la cooperación internacional de los países miembros, ya que solamente existiría en esta materia, la aplicación de una ley común de carácter supranacional que permita a los gobiernos intercambiar información y pruebas. Sin embargo, para que esto de resultados y exista una verdadera cooperación hemisférica y ayuda jurídica mutua debe entrar en vigor este tipo de convenios a fin de unificar los tipos penales existentes sobre la delincuencia informática y así lograr la correlación o correspondencia entre los tipos penales en las diferentes jurisdicciones nacionales.
De hecho, cuanto más alcance tengan las leyes, tanto menor será el número de refugios desde la delincuencia informática organizada puede operar con impunidad.
La armonización es necesaria tanto para las leyes substantivas como las procesales como lo manifestamos anteriormente. Es por tanto que todos los países deben reevaluar y revisar sus reglamentos acerca de las pruebas, el registro e incautación de los efectos de esta clase de infracciones, la vigilancia electrónica oculta y otras actividades similares, que abarquen la información digital, los sistemas modernos de computación y comunicación y la naturaleza mundial de la Internet y sus diferentes servicios. Ya que al igual que las leyes sustantivas, una mayor coordinación de las leyes procesales facilitaría, de hecho, la cooperación en las investigaciones que trasciendan jurisdicciones múltiples.
A decir de Oliver Muñoz Esquivel , la Convención sobre Delitos Informáticos constituye sin duda el esfuerzo internacional más importante en contra de las actividades criminales cometidas a través de medios informáticos. La misma tiene lugar en momentos en que el Internet ha dejado de ser tan solo el vehículo más idóneo para la propagación y perfeccionamiento de actos criminales bajo condiciones de anonimato, sino que además representa el entorno más frecuentemente utilizado para la financiación de este tipo de actividades. Corresponde ahora a los países latinoamericanos la responsabilidad de reconocer la importancia de establecer sanciones y mecanismos de investigación adecuados, que sean lo suficientemente avanzados y dinámicos como para hacer frente a este tipo de actividad es delincuenciales que afectan a la raíz misma de nuestra sociedad, una sociedad que ha llegado a ser denominada por algunos como “ sociedad de la información”.
En este punto cabe resaltar que en la Declaración de Principios de la Cumbre de la Sociedad de la Información realizada en Ginebra en año 2005 se
Unidád de Investigácio n de Flágránciá Pá giná 61
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