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Las repercusiones
Para ANFAAC, el reglamento diseccionado en el código es importante para fabricantes, comerciantes y consumidores finales. “Para el fabricante, este reglamento establece las nuevas disposiciones en materia de comer- cialización y etiquetado de alimentos para animales de compañía. Estos requisitos se enmarcan dentro de la misión de nuestra industria: poner a disposición de nuestras mascotas unos alimentos seguros que les ayuden a conseguir una vida larga y saludable. Para alcanzar este objetivo, los fabricantes están implicados con esta misión a lo largo de todo el proceso, desde la fabricación hasta la puesta en el mercado de los alimentos para animales de compañía, lo que incluye proporcionar una adecuada infor- mación a los comerciantes y al consumidor final.
Tanto el comerciante, como intermediario con el cliente final, como el con- sumidor van a recibir una mayor y mejor información sobre los alimentos para animales de compañía, sea cual sea el modo previsto; principalmen- te a través del envase, mediante las indicaciones recogidas en el etiqueta- do y en el propio embalaje; y fuera del envase, a través de folletos, páginas web, publicidad en medios de comunicación impresos, en televisión, etc.”
como finalidad que el vendedor com- pruebe la conformidad/cumplimien- to de las etiquetas que figuran en los productos. Aunque se trata sólo de un ejemplo orientativo al que habría que añadir otros documentos como la re- ceta del producto (fórmula), resultados analíticos, mercado de destino, etc., es un primer acercamiento a la compren- sión del etiquetado según el nuevo re- glamento. A la hora de hacer esta com- probación, no obstante, hay que tener en cuenta que el reglamento, aunque será vigente a partir de septiembre de 2010, prevé un periodo de transición para que los fabricantes puedan adap- tarse a las nuevas disposiciones. Los alimentos que hayan sido etiquetados conforme a la legislación anteriormen- te aplicable antes del 1 de septiembre de este año podrán comercializarse o permanecer en el mercado hasta que se agoten las existencias.
gatorio y otros asuntos como los de las tolerancias analíticas, el etiquetado de OGM (Organismos Genéticamente Mo- dificados), la legibilidad, etc. También cubre lo relacionado con la co-
municación “fuera de envase”, tanto sobre el producto como aquellos matices relati- vos al bienestar de los animales de com- pañía, las personas relacionadas o la res- ponsabilidad social en la comunicación. Destaca también, por lo novedoso,
el apartado de las alegaciones, tanto en cuanto a su ámbito de aplicación y prin- cipios generales como en cuanto a sus
categorías (de contenido, de producto o funcionales), así como las normas para la justificación”.
Una buena fuente de información
Aunque este código va dirigido princi-
palmente a los operadores de empresas de alimentos para mascotas, es también un documento que puede ser de utilidad al comerciante, ya que le permite cono- cer los requisitos que la ley exige a los fabricantes de alimentos de una manera sencilla. La estructura del documento permite una rápida lectura y compren-
FEDIAF ha propuesto este texto para que sea reconocido por la Comisión Europea como el código comunitario de referencia para el sector.
sión y cada apartado remite al texto le- gislativo del que ha sido extraído. Una de las herramientas más útiles
para el comerciante es el anexo 4 del código que consiste en una lista de con- trol de una etiqueta de alimentos para animales de compañía. Dicha lista tiene
El Código de buenas prácticas de comunicación para la alimenta- ción de animales de compañía puede consultarse en la web de ANFAAC:
www.anfaac.com.
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