search.noResults

search.searching

saml.title
dataCollection.invalidEmail
note.createNoteMessage

search.noResults

search.searching

orderForm.title

orderForm.productCode
orderForm.description
orderForm.quantity
orderForm.itemPrice
orderForm.price
orderForm.totalPrice
orderForm.deliveryDetails.billingAddress
orderForm.deliveryDetails.deliveryAddress
orderForm.noItems
Brasil


un CNPJ específico (número de identificación fiscal brasileño) —el de Caixa Loterias— que anteriormente se realizaba bajo el CNPJ propio de Caixa. Como consecuencia, los montos que históricamente aparecían vinculados al código de la entidad financiera comenzaron a contabilizarse bajo el nuevo CNPJ, generando una aparente caída en los ingresos atribuidos a Caixa ese mes, sin que esto representara una reducción efectiva en el volumen de recursos recaudados por las loterías. El auditor afirmó que el mismo tipo de reclasificación —un cambio de CNPJ vinculado a una actividad, sin alteración en el volumen real recaudado— también explicaría la fluctuación


atípica registrada en el sector de extracción de petróleo y gas natural durante el mismo período.


Ingresos de 2025


En el año 2025, el Servicio Federal de Impuestos recaudó R $ 9,95 mil millones Con una tasa impositiva del 12% sobre los ingresos brutos del juego, los GGR (Ingresos Brutos del Juego), además de los pagos por IRPJ (Impuesto sobre la Renta de las Sociedades), CSLL (Contribución Social sobre el Beneficio Neto), PIS (Programa de Integración Social) y Cofins (Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social).


El Tribunal Supremo comienza a debatir si la norma que prohíbe el juego aún puede aplicarse


Brasilia - El Tribunal Supremo Federal (STF) de Brasil comenzó a debatir, en la sesión del miércoles (5 de agosto), si la prohibición de la explotación de juegos de azar, prevista en una ley de 1941, contraviene el principio de libre empresa y las libertades fundamentales previstas en la Constitución de 1988. La controversia es objeto de la Apelación Extraordinaria (RE) 966177, con repercusiones generales para el país, y la tesis de la sentencia afectará al menos a 2.728 demandas que siguen suspendidas en todos las instancias.


En la sesión se escucharon las declaraciones de las partes, terceros interesados y la Fiscalía General (PGR). El juez Luiz Fux, ponente de la apelación, presentó la primera parte para su votación, que debería concluirse en la sesión del jueves (6).


Caso


Según el artículo 50 de la Ley de Delitos Menores (Decreto- Ley 3.688/1941), explotar juegos de azar en un lugar público o accesible al público es un delito menor con una simple pena de prisión, de tres meses a un año, más una multa.


La apelación fue presentada por la Fiscalía de Rio Grande do Sul (MPRS) contra la decisión del Panel de Apelación de los Tribunales Penales Especiales del estado, que absolvió a una persona que explotó máquinas tragaperras en un bar del municipio de São Leopoldo. Según el Panel de Apelación, a partir de la Constitución Federal de 1988, la explotación de juegos de azar ya no se clasifica como un delito menor por contradecir el principio de libertades individuales.


Manifestaciones


En nombre de la MPRS, fiscal Flávia Raphael Mallmann afirmó que la libre empresa no garantiza la explotación de actividades ilícitas por considerar que la norma cuestionada sigue vigente y es un instrumento legislativo legítimo para la protección del orden público y la seguridad, la salud y la dignidad, especialmente de las personas en situaciones vulnerables.


Para Laerte Gschwenter, que representa al comerciante absuelto por explotar juegos de azar, la prohibición prevista en la ley es incompatible con todos los derechos fundamentales previstos en la Constitución de 1988, añadiendo que el Estado no tiene la legitimidad para criminalizar conductas dentro del ámbito de la elección individual del ciudadano plenamente capaz y que ejerce su libre albedrío.


Por su parte, el representante de la Oficina del Defensor Público Federal (DPU), Gustavo Zortéa da Silva, afirmó que la Ley de Delitos Menores Penales no protege al apostador, solo lo estigmatiza al tratarlo como un infractor. En su opinión, la adicción al juego debería tratarse como un problema de salud pública, y no como un delito. En este sentido, pidió que se eliminara la posibilidad, prevista por la ley, de castigar al apostador.


foto: Luiz Silveira/STF


Asimismo, la representante de la Asociación Nacional de Alcaldes y Vicealcaldes de la República Federativa de Brasil (ANPV), Alessandra Jirardi, argumentó que no hay justificación para seguir aplicando la norma. Según ella, dado que el Estado explota las loterías, no es posible decir que la explotación de juegos de azar ofenda la moralidad, y además, dijo que los municipios están siendo privados de recaudaciones económicas en esa actividad.


El Fiscal General de la República, Paulo Gonet, afirmó que el hecho de que existan apuestas autorizadas por el Estado no impide la aplicación de la Ley de Delitos Menores Penales. Señaló que la posibilidad de juego de azar conlleva el riesgo de desarrollar patologías psiquiátricas, y que la propia economía nacional se ve afectada cuando el hábito se extiende sin los debidos cuidados.


Ponente


Al inicio de su votación, el juez Luiz Fux señaló que el caso específico que analiza el Tribunal no implica la condena de un jugador, sino de una persona que explotó máquinas tragamonedas en un establecimiento comercial.


El ponente afirmó que es contradictorio hablar de libertad de iniciativa y libertad económica en lo que se relaciona a los juegos de azar, ya que son conceptos opuestos. También dijo que la incompatibilidad de las normas penales con la Constitución solo debe declararse en casos excepcionales, cuando exista una violación visible de los derechos humanos, como la imposición de penas inhumanas o degradantes.


15


Page 1  |  Page 2  |  Page 3  |  Page 4  |  Page 5  |  Page 6  |  Page 7  |  Page 8  |  Page 9  |  Page 10  |  Page 11  |  Page 12  |  Page 13  |  Page 14  |  Page 15  |  Page 16  |  Page 17  |  Page 18  |  Page 19  |  Page 20  |  Page 21  |  Page 22  |  Page 23  |  Page 24  |  Page 25  |  Page 26  |  Page 27  |  Page 28  |  Page 29  |  Page 30  |  Page 31  |  Page 32  |  Page 33  |  Page 34  |  Page 35  |  Page 36  |  Page 37  |  Page 38  |  Page 39  |  Page 40  |  Page 41  |  Page 42  |  Page 43  |  Page 44  |  Page 45  |  Page 46  |  Page 47  |  Page 48  |  Page 49  |  Page 50  |  Page 51  |  Page 52