search.noResults

search.searching

saml.title
dataCollection.invalidEmail
note.createNoteMessage

search.noResults

search.searching

orderForm.title

orderForm.productCode
orderForm.description
orderForm.quantity
orderForm.itemPrice
orderForm.price
orderForm.totalPrice
orderForm.deliveryDetails.billingAddress
orderForm.deliveryDetails.deliveryAddress
orderForm.noItems
CHILE REPORTE Régimen tributario


distribuirá de la siguiente manera: un tercio a federaciones deportivas que cumplan ciertos requisitos de la Ley N° 19.712, del Deporte, que se repartirá entre ellas en partes iguales; un tercio al Comité Olímpico y un tercio al Comité Paralímpico


En el caso de Polla, 22% de los ingresos brutos de su sistema de pronósticos deportivos Xperto irán al IND en los mismos términos señalados anteriormente. Actualmente, 15% va a arcas fiscales y solo 12% al IND. Con ello se baja su carga impositiva total de 27% a 22%.


Además, se incorpora una prohibición de realizar apuestas a quienes tengan incidencia en el resultado: jugadores, deportistas, presidentes de federaciones u organizaciones, directorios, organizadores, entrenadores, representantes, entre otros.


El sistema tributario propuesto para las plataformas de apuestas en línea se basa en el régimen vigente para los casinos de juegos físicos. Esta actividad será gravada con IVA por tratarse de un servicio de entretenimiento digital, lo que les permitirá a las operadoras recuperar créditos fiscales por los bienes que adquieran y servicios que contraten. Al igual que a los casinos de juegos, se les aplicará un impuesto específico de 20% que busca corregir la externalidad, acorde a la experiencia comparada. Para fomentar el juego responsable se aumenta la tasa del impuesto específico en 1%, con posibilidad


Heidi Berner


de descontar desembolsos realizados por dicho concepto.


La SCJ ha informado que el Casino de Juego de Talca continuará abierto


El martes 26 de diciembre pasado, a través de la Resolución Exenta N°1099, y de acuerdo con lo establecido en el nuevo artículo 26 bis de la Ley N°19.995 y en la Circular N°148, de la misma fecha, la Superintendencia tomó conocimiento del interés de la sociedad operadora Casino de Juego de Talca S.A. de continuar con la operación de su respectivo permiso, a contar de hoy 27 de diciembre y hasta la fecha en que comience a funcionar el nuevo casino de juego autorizado en la Región del Maule, cuyo permiso de operación fue otorgado a la Sociedad de Ríos Claros S.A.


Para ello, Casino de Juego de Talca S.A., deberá dar estricto cumplimiento a las instrucciones impartidas a través de la referida circular, en particular respecto del pago a beneficio fiscal equivalente al 5% sobre el promedio mensual de los ingresos brutos, considerando para estos efectos los doce meses previos a la extensión.


La decisión de las autoridades se debe a la sensible campaña de medios de comunicación nacionales, como el diario La Tercera y de medios de la industria internacionales como el nuestro, donde se cuestiona la decisión otorgar permisos de casino en


medio de procesos judiciales contra los beneficiados por el Consejo Resolutivo.


Nuestra columna, Juego de Palabras, del 28 de noviembre cuestionando, “la decisión del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ)”, hace eco a la preocupación de La Tercera, que en su nota del miércoles 27 de diciembre, dice; “El problema se había originado en que como habrá un nuevo operador en la zona, el actual casino no podría seguir funcionando, por lo que debía cerrar sus puertas este 26 de diciembre, lo que habría generado la pérdida de empleos de unos 300 trabajadores del recinto.


Estas posibles pérdidas de empleo y de recursos para la región, habían generado preocupación entre las autoridades locales y regionales, que habían pedido medidas para que el casino pudiera continuar operando hasta la entrada en vigencia del nuevo operador en un plazo de dos años más.


“Finalmente, el Casino de Juego de Talca podrá seguir operando hasta que comience a funcionar el nuevo casino”.


23


Page 1  |  Page 2  |  Page 3  |  Page 4  |  Page 5  |  Page 6  |  Page 7  |  Page 8  |  Page 9  |  Page 10  |  Page 11  |  Page 12  |  Page 13  |  Page 14  |  Page 15  |  Page 16  |  Page 17  |  Page 18  |  Page 19  |  Page 20  |  Page 21  |  Page 22  |  Page 23  |  Page 24  |  Page 25  |  Page 26  |  Page 27  |  Page 28  |  Page 29  |  Page 30  |  Page 31  |  Page 32  |  Page 33  |  Page 34  |  Page 35  |  Page 36  |  Page 37  |  Page 38  |  Page 39  |  Page 40  |  Page 41  |  Page 42  |  Page 43  |  Page 44  |  Page 45  |  Page 46  |  Page 47  |  Page 48