República Dominicana
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El presidente Luis Abinader, a través de la Consultoría Jurídica, sometió a mediados de junio, un proyecto de ley para regular, supervisar y hacer lucha contra el lavado de activos en la industria del juego dominicano. El proyecto propone la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) como órgano rector autorizado para las licencias operativas a 15 tipos de los juegos de
En su carta a Ricardo de los Santos, presidente del Senado, el presidente Abinader señala que, además de buscar establecer mecanismos legales y tecnológicos que eviten la participación de menores de edad en las plataformas de apuestas online; busca crear mecanismos que permitirán resguardar la ciberseguridad de los usuarios.
A su recepción, el Pleno del Senado ha enviado la propuesta de legislación a una comisión para su estudio y posterior rendición de informe.
Las actividades lúdicas indicadas son: casinos de juego, salas de juegos de máquinas tragamonedas, casas de apuestas deportivas, casas de lotería, agencias hípicas, sorteos de la lotería nacional, loterías electrónicas, puntos de ventas de apuestas de lotería, máquinas tragamonedas, salas tragamonedas, juegos de azar y apuestas por internet, juegos de azar virtuales, bingos tradicionales, bingos electrónicos y rifas
El artículo 36 del proyecto de ley señala que los casinos solo podrán operar dentro de hoteles de cuatro estrellas, con una tasa de 55,853 pesos por cada una de las mesas en los casinos que operen entre 01 a 15 mesas de juego; mientras que la tasa para casinos con mesas de juego que 15 será de 85,927 pesos por cada mesa de juego. Por su parte, cada máquina tragamonedas que opera en un casino autorizado pagará 5% del GGR o ventas brutas cada mes.
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Las bancas deportivas no deben operar más de 10 máquinas tragamonedas en un local, con diversas tasas según su localidad que se abonara anualmente, con aquellas que operen en el área metropolitana —Gran Santo Domingo, Santiago, La Vega, Duarte, Puerto Plata y San Cristóbal— pagarán 386,673 pesos anuales por concepto de operación, y las del resto del territorio, 257,782 pesos
Además, cada banca deportiva antes de entrar en operación deberá pagar 794,414 pese, más el 1 % de las ventas brutas por cada mes. Hasta que se desarrolle una plataforma de cobro digital, cada banca pagará 9,500 pesos al mes por las ventas brutas.
Las máquinas tragamonedas El proyecto de ley indica que las máquinas tragamonedas solo serán permitidas en casinos, hoteles de una a tres estrellas, así como casas de apuestas, con sanciones a los propietarios que las instalen tragamonedas en colmados – tiendas locales- y centros de diversión y entretenimiento.
El impuesto a cobrar por cada maquina tragamonedas será del 5 % de las ventas brutas. Sin embargo, hasta que se desarrolle una plataforma, se cobrará una tarifa mensual de 14,000 pesos.
Los juegos por internet
Los juegos a través de internet tendrán un impuesto de 10 % de las ventas brutas al mes. Sin embargo, en un párrafo transitorio se señala que las empresas pagarán cinco millones de pesos cada 30 días hasta que se habilite una plataforma tecnológica. De no hacerlo, la DGJA suspenderá el dominio de la página web.
Las loterías
Las casas o bancas de lotería deberán estar ubicadas a una distancia mínima de 200 metros de escuelas y colegios, estancias, centros de salud, iglesias e instituciones estatales.
Para registrar una casa de lotería se deberá pagar 317,765 pesos por concepto de registro o pago inicial de operaciones, con un párrafo transitorio para cobrar 2,400 pesos al mes hasta que complete el proceso de interconexión. Ley 139-11 para aumentar el impuesto anual con la nueva tasa de 60,149 pesos, además de un impuesto mensual de un 1 % a las ventas brutas.
Loterías electrónicas
Las loterías electrónicas, que también deberán estar a 200 metros de centros educativos y de salud, el proyecto propone que paguen al mes el 24 % de las ventas brutas de los sorteos acumulativos, el 5 % de los no acumulativos y 54,000 pesos al año por concepto de operación. También incluyen el impuesto mensual del 1 % de las ventas brutas.
En cuanto a los bingos, estos deben estar a 100, 300 y 500 metros de escuelas, de otros bingos, zonas rurales, respectivamente, y, deberán pagar un impuesto mensual del 10 % de las ventas brutas.
Las infracciones
Las infracciones a la normativa serán penadas con multas de hasta 400 salarios mínimos del sector público. Dependiendo el grado, la penalidad podría ser Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Además, se aplicarán penas entre los seis meses a 10 años de prisión, según la reincidencia.
De aprobarse la legislación, cada empresa tendrá un periodo para adecuarse.
Otros puntos Cada negocio tendrá obligatoriamente el mensaje en su entrada: “Jugar compulsivamente afecta tu salud”, parecido a la ley sobre el consumo de alcohol.
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